NOVEDADES AYUDAS KIT DIGITAL

NOVEDADES AYUDAS KIT DIGITAL

Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).

Medianas empresas 

Se establecen dos nuevos segmentos de beneficiarios, diferenciados por el número de empleados: el Segmento IV abarca a medianas empresas con entre 50 y menos de 100 empleados (también se incluyen aquí aquellas empresas con menos de 50 empleados que tengan condición de mediana empresa), mientras que el Segmento V comprende a medianas empresas con entre 100 y menos de 250 empleados. 

Autónomos, Pequeñas empresas y Microempresas

Se incrementa el importe máximo de ayuda por beneficiario para el Segmento III de Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados, aumentando la cuantía máxima de 2.000 euros hasta 3.000 euros. El aumento del importe potenciará el número de solicitudes que se presentarán a las convocatorias de este Segmento, así como el efecto incentivador que supondrá en la promoción del Programa Kit Digital por parte de los Agentes Digitalizadores Adheridos. En virtud de lo anterior, y atendiendo a que el aumento del importe máximo de ayuda por beneficiario supone una alteración de las condiciones previamente establecidas, a aquellas entidades que resultaron beneficiarias con anterioridad a la entrada en vigor de la presente modificación obteniendo una subvención por un importe inferior al actualizado, en cumplimiento de los principios de igualdad de trato, no discriminación y transparencia, y con el ánimo de maximizar el impacto positivo del programa en este segmento del tejido empresarial español se concederá, a las empresas que ya tengan la condición de beneficiarias, la posibilidad de declarar la conformidad para que la ayuda previamente concedida se vea incrementada hasta alcanzar el nuevo importe total establecido tras la presente modificación. Esta opción se hará efectiva mediante la modificación de la resolución de concesión para incluir el incremento de la cuantía concedida, permitiendo al beneficiario formalizar nuevos Acuerdos de Prestación de Solución de Digitalización con el importe adicional.

Nueva sección significativa – Puesto de trabajo seguro 

Proporcionar a las microempresas y pequeñas empresas y trabajadores autónomos herramientas de seguridad, movilidad y colaboración en su puesto de trabajo con el fin de potenciar su productividad. 

Importe de la ayuda:

Segmento III 0 < 3 empleados: 1.000 € (máximo 1 dispositivo).

Por tanto, quedan subvencionables ordenadores portátiles u ordenadores de sobremesa nuevos, que deberán cumplir unos requisitos mínimos en cuanto a almacenamiento, procesador, memoria RAM, sistema operativo, etc.

Características generales de las ayudas

La ayuda se concederá mediante la correspondiente resolución administrativa del órgano concedente (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de estas bases y de las sucesivas convocatorias, “bono digital”), cuya
efectividad estará sujeta a su correcta justificación por las siguientes cuantías: 

Segmento I. Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados: 12.000 euros. 

Segmento II. Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados: 6.000 euros 

Segmento III. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados: 3.000 euros

Segmento IV. Medianas empresas de entre 50 y menos de 100 empleados*: 25.000 euros 

Segmento V. Medianas empresas de entre 100 y menos de 250 empleados: 29.000 euros 

* Excepción del artículo 7.2.d): En este segmento se incluyen las empresas con menos de 50 empleados que tengan consideración de mediana empresa al superar el volumen de negocios anual y balance general anual de 10 millones de euros.

 

Ver Orden de Bases completa y otras publicaciones

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